A principios de Agosto recibimos carta de Jaime Roque Marti desde la cárcel de Ponent (Lleida), en la que nos relata su entrada en el modulo de aislamiento por intentar separar una pelea, además nos adjunta un parte, por relatar una serie de 38 puntos denunciando irregularidades, malos tratos, corrupción y negligencias todos ellos apoyados en 11 puntos de jurisprudencias T.C., L.O.P.G., recomendaciones europeas, código penal y reglas penitenciarias del consejo europeo. En el parte pone que incumple el articulo del régimen penitenciario 109h por divulgación de datos falsos para menospreciar el buen funcionamiento y por eso se le aplica el traslado a celda de aislamiento, privación de permisos, limitación del tiempo de comunicaciones orales i privación de actos recreativos el día 3-08-2018 se ponen en huelga de hambre y sed, deseamos profundamente que haya conseguido sus objetivos; a fecha de hoy aun no tenemos respuesta ni ninguna información. Pide difusión de su caso y nosotrxs animamos a escribirle.
Aqui los 38 puntos sobre negligencias y corrupción y los otros 11 puntos sobre leyes:
CORRUPCIÓN Y NEGLIGENCIAS
- Se entrega a Ponent 1.800.000 euros para reparaciones de toda la prisión, y solo pusieron cámaras, aire acondicionado en los despachos y oficinas profesionales. (Eso no hace tantos euros).
- La comunidad europea permite más o menos 90 euros diarios para comida, ropa, higiene etc para la población reclusa, y nosotros solo en comida no hay ni 15 euros por menú.
- Los precios de compra del economato es el triple que en el exterior. Por ejemplo, una televisión 22 pulgadas Sunstecha 199 euros, cuando en la calle cuesta 100 euros.
- En el interior de la prisión está totalmente prohibido introducir móviles o cualquier tipo de aparato electrónico y/o armas (todos los funcionarios entran con sus teléfonos)
- Está prohibido entrar armas en prisión, además de otros módulos, en el 4 he visto a dos funcionarios almorzando con sus navajas.
- Cuando un interno se va en libertad y regala su aparato de TV o ventilador a su compañero, la prisión se lo apropia indebidamente para ellos.
- Está prohibido venir a trabajar ebrio en prisión (algunos vienen)
- En todas las prisiones catalanas se tienen dos vis a vis ordinarios; aquí hay gente con un vis a vis cada domingo.
- En el modulo 4 se trata a los internos gritando y hablando mal a los internos.
- Cuando se habla con la jefa del módulo 4 para comentar algún problema, grita y habla mal, y cambia a la gente sin motivo (esta jefa ya fue echado del modulo 8 de mujeres por quejas)
- En talleres trabajando todo el día, solo pagan nóminas ridículas de 20 o 40 euros.
- Los giros postales que nos envía la familia tardan 3 o 4 días cuando correos a nosotros nos informa que tardan 1 día en llegar.
- A pesar de tener que pagar la responsabilidad civil para un tercer grado, nos obligan a pagarlo para un permiso.
- Cuando salimos de permisos nos obligan a trabajar en Raimat, a pesar de que en la Constitución se prohíben los trabajos forzados.
- Nos obligan para salir de permiso hacer programas y cursos que no tienen que ver nada con nosotros ni con el delito, y tampoco lo ordena ningún juez.
- El artículo 240 del régimen penitenciario contempla que una vez rehabilitados los partes, se devolverán los permisos de inmediato, y no hacen lo que se contempla en el régimen.
- En todas las prisiones catalanas tanto amigos como familia pueden entrar dinero y ropa y aquí solo pueden los que están dados de alta en comunicaciones.
- La dirección no responde ni soluciona las quejas o solicitudes que formulamos casi nunca.
- La nueva directora no concede audiencias con los internos, ni averigua ni soluciona los problemas.
- El jefe del modulo 5 insulta, amenaza y rompe las solicitudes que remitimos, y lleva a la gente sin motivo a aislamiento (tiene muchas denuncias y aun trabaja).
- Cuando nos ponen algún parte, pedimos testigos y grabaciones de cámaras para demostrar la inocencia, y hacen caso omiso denegando las pruebas, y nos aíslan sin investigar correctamente.
- En todas las prisiones catalanas los destinos de limpieza se pagan a 120 euros, sin embargo aquí pagan menos, entre 20 y 100.
- Hay internos que no tienen destinos y tampoco cobran nada, y sin embargo hay internos que tienen 2 y 3 trabajos y encima cobran de la familia.
- En todas las prisiones dejan comprar radiocasete, playstation y ordenador; sin embargo en esta prisión no dejan tenerlos.
- La ley contempla que el que carezca de prótesis dental, como es mi caso, se facilitará correctamente, al que carezca de ingresos para costearla.
- Tenía el permiso para agosto, y por separar a dos internos que se iban a pelear, me han puesto en aislamiento castigándome mas de una vez por el mismo hecho.
- La junta de tratamiento no actúa como contempla la ley, actúa a su libre albedrío haciendo y deshaciendo como quiere.
- Los servicios médicos no te exploran, para todo lo que te quejes te dan ibuprofeno.
- Vis a vis son dos mensuales, y con un destino son 3 vis a vis, pero hay internos que cada fin de semana tienen solo porqué son informadores o amigos de los funcionarios.
- La correspondencia la mayoría de veces viene cerrada con cinta signo que ha sido abierta.
- En los módulos tienen mezclados menores de edad, inválidos y internos psiquiátricos.
- La junta no empatiza ni se preocupa por nuestros problemas ni por los problemas exteriores.
- Los programas PITS los hacen absurdos y incoherentes, habiendo gente con PITS para previsión de permiso una vez ya han salido en libertad.
- El juez de vigilancia por ser un familiar de uno de los que manda en prisión, solo hace caso a la prisión olvidando sus obligaciones del artículo 76 de la ley orgánica general penitenciaria.
- Pedimos audiencia al juez y no viene a concedernos la audiencia.
- Nos ponen por adelantado las sanciones antes de darnos opción a recurrir, en una celda de 3 metros por 2 metros sin ventilación, con el calor sudando como pollos en jaula y la ventana a cuadrados de 4cm por 4 cm.
- Sin haber pelea, solo por discusión tonta con cualquier compañero, nos traen en aislamiento y teniéndonos 3 días sin ropa, sin tabaco ni ducharnos ni ninguna pertinencia, y mienten en la mayoría de los partes.
- El subdirector, la directora y el coordinador de aislamiento no hacen su obligación de efectuar revisión de cámaras o pruebas que proponemos, riéndose de nosotros, sin investigar a través de las cámaras nuevas.
Por todo lo expuesto, que solo son algunas de las negligencias y corrupciones cometidas, expongo los siguientes fundamentos de derecho vulnerados por esta prisión.
- A) Tratos degradantes. Art.173 C.P.
- B) Art.211.CP.
- C) Art.240.CP. / Prevaricación Art.404.CP.
- D) Indefensión Art.24.1.C.E-CFR.T.C.SS35-1989. De 14 de febrero y 52-1989 de 22 de febrero- CFR.T.C.SS 194/1987 de 9 de diciembre.
- E) Derecho a utilizar los medios de prueba según la jurisprudencia del T.C. articulo 24.2. C.E. Tribunal Constitucional sala 1 S 53-2006. Del 27/02/2006. Rec.2660/2000 la ley 376/2006.
- F) Articulo 3.2. C.P. prohibición de ejecutar pena o medida de seguridad en otra forma contraria a la prescrita por la ley o las normas jurídicas.
- G) La ley penitenciaria se ejercerá respetando la personalidad humana de los reclusos. Art. 3 de la L.O.G.P.
- H) Las medidas de seguridad serán las mínimas necesarias de aplicación a la población reclusa. Art.51 reglas penitenciaras consejo Europa.
- I) Ningún recluso podrá ser castigado dos veces por los mismos hechos o la misma conducta. Art.63. reglas penitenciarias consejo Europa. El personal penitenciario no es un mero guardián de prisiones, y sus funciones tienen como objetivo facilitar la reinserción de la población reclusa en la sociedad y velar por su seguridad y sus derechos. Art.72.3. reglas penitenciarias consejo Europa.
- J) Y por último, la administración penitenciaria y la autoridad judicial deben tener en cuenta en el momento de la valoración de las circunstancias concretas de cada penada (art.15 C.E.) que prohíbe las penas o sanciones inhumanas o degradantes, pues toda sanción que se ejecuta contra el hombre como si este fuera un virus u otro agente patógeno o sin el hombre como si fuera prescindible en una sanción ejecutada en clave de inhumanidad. (auto de la audiencia provincial de Madrid. Sección quinta 795/2000 14 de junio. Estas interpretaciones son conformes en lo establecido en las recomendaciones del comité de ministros de los estados miembros del Consejo de Europa, del 12 de febrero de 1987 al contener la regla 43.2. entre las establecidas para el tratamiento de los reclusos.
- K) Y por último, como trato degradante nos hacen formar llueva o haga calor en el patio, como en el régimen de Franco. Es la única cárcel catalana que nos hacen formar para entrar a comer como en Franco.